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Asesoría laboral para empresas en Barcelona

Acompañamos a empresas y autónomos con empleados en las decisiones laborales que importan: contratar, modificar condiciones, reestructurar, despedir y responder ante una inspección. El objetivo es que usted decida con las opciones y los riesgos claros, antes de actuar.

En pocas palabras

  • Una decisión laboral mal documentada suele costar más que la asesoría que la habría evitado: la carta de despido, el procedimiento de ERTE o la comunicación de una modificación tienen requisitos formales.
  • Revisamos contratos, convenio, políticas internas y la documentación de cada caso antes de que llegue el conflicto.
  • Si ya hay una inspección, una demanda o una sanción, los plazos son breves. Escríbanos cuanto antes.

Situaciones en las que le ayudamos

  • Contratos y condiciones

    Contratos adecuados a su convenio, periodos de prueba, pactos de permanencia, teletrabajo y registro de jornada.

  • Despidos

    Despido disciplinario, objetivo o por causas económicas: elegimos la vía, redactamos la comunicación y preparamos la prueba.

  • ERTE y reestructuraciones

    Suspensiones, reducciones de jornada y despidos colectivos, con el periodo de consultas y la documentación que exige la norma.

  • Modificaciones sustanciales

    Cambios de horario, funciones o salario, con la forma y el preaviso que corresponden.

  • Inspección de Trabajo y sanciones

    Preparación ante la visita, alegaciones y recursos contra el acta.

  • Seguridad Social y cotización

    Altas, bajas, incapacidades temporales y revisión de bases de cotización.

  • Cumplimiento laboral

    Planes de igualdad, protocolo de acoso y canal interno de información, cuando son obligatorios.

Tres formas de terminar un contrato por decisión de la empresa

Cada vía tiene sus causas, su indemnización de referencia y su punto débil. Elegir bien al principio evita que un despido acabe declarado improcedente.

VíaCuándo se usaIndemnización de referenciaPunto crítico
Despido disciplinarioIncumplimiento grave y culpable del trabajadorNinguna si es procedente. Si se declara improcedente: 33 días de salario por año, con un máximo de 24 mensualidades*La carta debe describir los hechos con precisión y fechas
Despido objetivoCausas económicas, técnicas, organizativas o de producción20 días de salario por año, con un máximo de 12 mensualidadesPoner la indemnización a disposición del trabajador al comunicar el despido, con preaviso de 15 días
Despido colectivoCuando se superan los umbrales legales en un periodo de 90 díasMínimo legal: 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidadesPeriodo de consultas con la representación de la plantilla y documentación económica

*Para el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 el cálculo es distinto. Son cifras legales de referencia: el convenio o un pacto pueden mejorarlas.

Cómo trabajamos

  1. Revisión inicial

    Estudiamos contratos, convenio, nóminas y las comunicaciones relevantes.

  2. Opciones y riesgos

    Le explicamos por escrito las alternativas, su alcance, su coste y el riesgo de cada una.

  3. Ejecución

    Redactamos los documentos, acompañamos la negociación y los trámites.

  4. Seguimiento

    Si hay conciliación, juicio o inspección, le representamos y le mantenemos informado.

Plazos y datos a tener en cuenta

El trabajador impugna el despido
Dispone de 20 días hábiles desde la fecha de efectos. Una comunicación incompleta puede obligar a repetirla o a asumir una indemnización mayor.
Qué es un despido colectivo
En un periodo de 90 días: al menos 10 despidos en empresas de menos de 100 personas, el 10 % en las de 100 a 300, o 30 en las de más de 300.
Inspección de Trabajo
Tras un acta de infracción, el plazo habitual para presentar alegaciones es de 15 días hábiles.
Obligaciones por tamaño
El plan de igualdad y el canal interno de información (Ley 2/2023) se exigen desde 50 personas en plantilla.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo conviene consultar antes de despedir a un trabajador?

Siempre antes de comunicarlo. La elección de la vía (disciplinario, objetivo o acuerdo), la redacción de la carta y la forma de entrega determinan si el despido se mantiene o se declara improcedente. Una vez entregada la carta, corregirla es muy limitado.

¿Qué pasa si el despido se declara improcedente?

Por regla general, la empresa puede optar entre readmisión e indemnización legal. Si el trabajador es representante legal o delegado sindical, la opción le corresponde a él. La indemnización general es de 33 días de salario por año, con un máximo de 24 mensualidades y un régimen transitorio para servicios anteriores al 12 de febrero de 2012. Si el despido es nulo, procede la readmisión con los efectos legales correspondientes.

¿Se puede hacer un ERTE para reducir costes puntuales?

El ERTE requiere una causa acreditada y el procedimiento correspondiente. Si se basa en causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, exige un periodo de consultas. La fuerza mayor temporal sigue un procedimiento específico ante la autoridad laboral. Debe estudiarse qué vía corresponde antes de aplicarlo.

¿Cómo afrontar una visita de la Inspección de Trabajo?

Con la documentación laboral ordenada (contratos, altas, registro de jornada, prevención y nóminas), una persona responsable que atienda a la inspección y asesoramiento desde el primer requerimiento. Conviene revisar antes si hay incumplimientos que se puedan corregir.

¿Puedo modificar el horario o el salario de un empleado?

Depende de si es una modificación sustancial de las condiciones, de lo que digan el contrato y el convenio y de la causa. En general exige comunicación por escrito y un preaviso de 15 días, y el trabajador puede aceptarla, impugnarla o extinguir su contrato con indemnización.

¿Trabajan con empresas pequeñas o con autónomos que tienen empleados?

Sí. Planteamos la asesoría según el tamaño y las necesidades de cada empresa: desde una consulta puntual hasta un acompañamiento continuado, que acordamos por escrito.

Guías sobre Asesoría Laboral y Seguridad Social

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Información general sin carácter de asesoramiento. Cada caso exige un estudio individual. Los plazos y la normativa pueden cambiar.

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