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Abogado de extranjería en Barcelona: residencia, arraigo y nacionalidad
Un trámite de extranjería decide dónde puede vivir y trabajar y con quién. Le ayudamos a elegir la vía que le corresponde, a reunir la documentación y a presentarla bien; y, si le han denegado una solicitud, a valorar el recurso.
En pocas palabras
- Desde el 20 de mayo de 2025 se aplica un nuevo Reglamento de Extranjería, que modifica las vías de arraigo y las autorizaciones de residencia y trabajo.
- Una solicitud bien preparada evita requerimientos y denegaciones por defectos que se podían haber evitado.
- Los recursos contra una denegación tienen plazos de un mes (reposición) o dos meses (vía contenciosa).
Situaciones en las que le ayudamos
Arraigo
De segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar, según los requisitos de cada modalidad.
Residencia y renovaciones
Autorizaciones de residencia, modificaciones y renovaciones.
Reagrupación familiar
Cónyuge, hijos y ascendientes, con los requisitos de medios y vivienda.
Residencia y trabajo
Autorizaciones para trabajadores y para empresas que quieren contratar.
Nacionalidad española
Nacionalidad por residencia y otras vías previstas en la ley. El matrimonio con una persona española puede reducir el plazo de residencia si se cumplen los requisitos; no concede por sí solo la nacionalidad.
Recursos y expulsiones
Recursos contra denegaciones y defensa en procedimientos de expulsión.
¿Qué vía puede corresponderme?
Tabla orientativa. La vía real depende de su situación, de sus documentos y de la norma que se aplique en el momento.
| Su situación | Vía habitual | Punto clave |
|---|---|---|
| Lleva tiempo en España sin autorización | Arraigo, según la modalidad y los requisitos aplicables | Permanencia continuada y acreditable, y el vínculo que lo sustenta |
| Tiene familiares residentes o españoles | Reagrupación familiar o residencia por vínculo familiar | Parentesco, medios económicos y vivienda adecuada |
| Una empresa quiere contratarle | Autorización de residencia y trabajo | Oferta de trabajo y requisitos del puesto |
| Es residente legal desde hace años | Renovación, larga duración o nacionalidad | Continuidad de la residencia, antecedentes y exámenes |
| Le han denegado la solicitud | Recurso de reposición o contencioso | Plazos breves y motivos concretos de la denegación |
Nacionalidad española por residencia
Los años de residencia legal y continuada que exige la ley dependen de su situación.
10 años
Plazo general.
5 años
Personas con estatuto de refugiado.
2 años
Nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y sefardíes.
1 año
Entre otros supuestos, haber nacido en España; llevar un año casado con una persona española sin separación legal o de hecho; o ser viudo o viuda de español sin separación al fallecimiento. La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud y deben cumplirse los demás requisitos.
Cómo trabajamos
Estudio de su situación
Valoramos las vías posibles, los documentos que ya tiene y los que faltan.
Preparación del expediente
Le damos un listado claro, revisamos documentos, traducciones y apostillas.
Presentación y seguimiento
Presentamos la solicitud y atendemos los requerimientos de la Administración.
Resolución y siguiente paso
Si se concede, le indicamos qué toca después; si se deniega, valoramos el recurso.
Plazos y datos a tener en cuenta
- Recursos
- Recurso de reposición: un mes desde la notificación. Recurso contencioso-administrativo: dos meses.
- Requerimientos de la Administración
- El plazo general de subsanación es de diez días, sin perjuicio de las reglas y ampliaciones aplicables. El requerimiento debe advertir de que, si no se subsana, se tendrá al solicitante por desistido previa resolución. Revise siempre el plazo y el cómputo indicados en la notificación.
- Jura de la nacionalidad
- La concesión por residencia caduca si, dentro de los 180 días siguientes a su notificación, no se comparece ante el funcionario competente para cumplir los requisitos del artículo 23 del Código Civil. Compruebe la notificación y gestione la comparecencia a tiempo; no debe confundirse ese plazo con el de practicar la inscripción.
- Permanencia y ausencias
- Las ausencias largas pueden romper la continuidad que exige cada vía. Guarde pasaportes, empadronamientos y justificantes.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el arraigo y cuántos tipos hay?
El Reglamento de Extranjería distingue cinco modalidades de arraigo: de segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar. Cada una exige requisitos y documentación específicos. La permanencia exigible y sus excepciones deben comprobarse según la modalidad y la situación de la persona.
¿Cuánto tarda la nacionalidad española?
La ley fija un plazo máximo de un año. En la práctica, la tramitación puede ser más larga o más corta según el momento y el tipo de solicitud. Si pasa el plazo sin respuesta, se entiende desestimada y se puede recurrir.
¿Qué exámenes hay que aprobar para la nacionalidad?
El CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales de España) y, en general, el DELE A2 de español, salvo excepciones por país de origen o por circunstancias personales. Le orientamos sobre convocatorias y requisitos.
¿Puedo trabajar mientras espero la resolución?
Depende del tipo de solicitud y de si la autorización incluye el trabajo desde la admisión a trámite o desde su concesión. Se lo indicamos para cada trámite y evitamos que trabajar sin autorización le perjudique.
¿Qué hago si me han denegado la residencia?
Revise el motivo exacto y los plazos del recurso (un mes o dos meses). Según el caso, se recurre, se subsanan los defectos y se vuelve a presentar, o se cambia de vía. Traiga la resolución completa a la consulta.
¿Ayudan a empresas que quieren contratar a trabajadores extranjeros?
Sí. Las autorizaciones de residencia y trabajo exigen que cumplan requisitos tanto la empresa como el trabajador. Podemos acompañar a ambos.
Guías sobre Extranjería y Nacionalidad
Información general para orientarse antes de estudiar su caso.
Información general sin carácter de asesoramiento. Cada caso exige un estudio individual. Los plazos y la normativa pueden cambiar.
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