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Abogado penalista en Barcelona: defensa, juicios rápidos y asistencia al detenido

Un procedimiento penal exige calma, rigor y atención a los primeros pasos. Le explicamos su situación, le asistimos en comisaría y en el juzgado, y preparamos su defensa desde la instrucción hasta el juicio y, si procede, los recursos. Todo, con discreción.

En pocas palabras

  • Si le detienen, tiene derecho a guardar silencio y a un abogado desde el primer momento. No declare sin asesoramiento.
  • Una citación a juicio rápido o a declarar como investigado exige preparación previa: no la deje para el último día.
  • Conserve y entregue a su abogado cualquier documento o mensaje relacionado con los hechos.

Situaciones en las que le ayudamos

  • Asistencia al detenido o investigado

    Presencia en comisaría y en la declaración, y preparación previa.

  • Juicios rápidos

    Defensa en procedimientos urgentes, con valoración de la conformidad.

  • Delitos leves

    Lesiones, hurtos, amenazas, coacciones y otros delitos de menor gravedad.

  • Violencia de género y doméstica

    Defensa de los acusados y orientación a las víctimas.

  • Delitos contra la seguridad vial

    Alcoholemia, conducción sin carnet y otros delitos de tráfico.

  • Medidas cautelares

    Alejamiento, prohibición de comunicación, retirada de pasaporte o prisión provisional.

  • Recursos y ejecución de penas

    Recursos contra sentencias y resoluciones, suspensión y sustitución de penas.

Si le han detenido o citado: primeros pasos

Estas pautas valen para cualquier procedimiento penal.

  • Pida asistencia letrada y no declare sin ella.
  • Mantenga la calma y no firme nada que no entienda.
  • Si ha recibido una citación, lleve la citación y los documentos relacionados.
  • Cuente a su abogado todos los hechos, antecedentes y posibles testigos.
  • No contacte con la otra parte y no borre mensajes ni archivos.

Juicio rápido, delito leve y procedimiento ordinario

La vía depende de la gravedad del delito y de la complejidad de la instrucción.

ProcedimientoCuándo se aplicaRasgos
Juicio rápidoDelitos que reúnen los requisitos del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con penas de prisión de hasta cinco años u otras penas de hasta diezTramitación muy breve; posible conformidad ante el juzgado de guardia con reducción de la pena
Delito leveInfracciones de menor gravedad, con penas levesJuicio sencillo; no siempre exige abogado, aunque conviene la defensa
Procedimiento abreviado u ordinarioDelitos más graves o complejosInstrucción, escrito de acusación y juicio oral

Cómo trabajamos

  1. Primera valoración

    Revisamos los hechos, sus derechos y los riesgos.

  2. Estrategia de defensa

    Decidimos con usted sobre prueba, declaración, conformidad o juicio.

  3. Actuación

    Le asistimos en instrucción, en el juicio y en las medidas cautelares.

  4. Recursos y cumplimiento

    Recurrimos y, si procede, valoramos la suspensión o sustitución de la pena.

Plazos y datos a tener en cuenta

Detención
La detención policial no puede durar más de lo estrictamente necesario y, como máximo, 72 horas, tras lo cual debe ponerse a la persona en libertad o a disposición judicial.
Juicio rápido
Se celebra en un plazo muy breve desde la citación, por lo que la preparación debe comenzar de inmediato.
Orden de protección
La audiencia urgente para valorar una orden de protección debe celebrarse, como máximo, dentro de las 72 horas desde su solicitud. Tras la audiencia, el juzgado resuelve por auto sobre las medidas que procedan. La preparación debe comenzar desde el primer momento.
Antecedentes penales
Pasado el tiempo legal y cumplidos los requisitos, los antecedentes pueden cancelarse.

Preguntas frecuentes

¿Qué hago si me llaman de la policía o recibo una citación como investigado?

Consulte con un abogado antes de acudir. Como investigado, tiene derecho a ser informado de los hechos, a guardar silencio y a no declararse culpable. Un abogado le acompañará en la declaración.

¿Qué es un juicio rápido?

Es un procedimiento para delitos que cumplen los requisitos del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, incluidos los límites de pena y las circunstancias que establece ese artículo. La flagrancia y la instrucción sencilla no son requisitos que deban concurrir siempre juntos. En ciertos supuestos puede alcanzarse una conformidad con los efectos legalmente previstos; requiere asesoramiento antes de decidir.

¿Qué es un delito leve y qué consecuencias tiene?

Son delitos de menor gravedad (por ejemplo, ciertos hurtos o lesiones leves) sancionados con penas leves, normalmente multa. Pueden generar antecedentes, cancelables con el tiempo, y responsabilidad civil, por lo que conviene defenderse bien.

¿Pueden prohibirme acercarme a alguien antes del juicio?

Sí. Como medida cautelar, el juzgado puede acordar el alejamiento, la prohibición de comunicación u otras medidas. Se pueden recurrir o modificar si cambian las circunstancias.

¿Qué pasa si no tengo antecedentes y me condenan a una pena corta?

En ciertos casos puede suspenderse la ejecución de la pena si se cumplen los requisitos legales (primariedad, pena breve, reparación del daño). Lo valoramos al preparar la defensa; no es automático.

¿Pueden ayudarme si soy la víctima de un delito?

Podemos valorar su caso y orientarle sobre la denuncia, su personación en el procedimiento y la reclamación de la responsabilidad civil.

¿Qué pasa con la confidencialidad?

El secreto profesional protege lo que usted nos cuente, y tratamos los asuntos penales con la máxima discreción.

Guías sobre Derecho Penal

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Información general sin carácter de asesoramiento. Cada caso exige un estudio individual. Los plazos y la normativa pueden cambiar.

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