Para reclamar salarios conviene identificar cada cantidad, el periodo al que corresponde y la fecha en que debía pagarse. Con carácter general, la reclamación de percepciones económicas está sujeta a un plazo de un año desde que pudo ejercitarse la acción. Cada mensualidad puede tener su propio inicio de cómputo.
Reconstruir la deuda
Reúna contrato, convenio, nóminas y movimientos bancarios pertinentes. Separe salario base, complementos, pagas y otros conceptos. Si reclama diferencias de jornada, categoría u horas, necesitará estudiar también cómo acreditar los hechos que generan esas cantidades.
Una nómina y el ingreso bancario cumplen funciones diferentes. Conviene comprobar ambos y reflejar pagos parciales o anticipos. Reclamar una cifra global sin explicar sus componentes dificulta revisar la deuda y preparar la prueba.
Qué comunicaciones conservar
Guarde los mensajes y reclamaciones remitidos a la empresa con sus fechas y respuestas. No manipule conversaciones ni acceda a cuentas o archivos para los que no tenga autorización. Si se plantea una reclamación extrajudicial, su contenido y la prueba de recepción importan para valorar sus efectos.
El plazo de prescripción y su posible interrupción deben analizarse conforme a las actuaciones realmente realizadas. Una conversación informal no debe tratarse como garantía de que el plazo está protegido.
Qué vía puede corresponder
La conciliación o mediación previa y el procedimiento judicial dependen de la pretensión y de las excepciones legales. La decisión requiere valorar documentos, importes y situación de la empresa. Una denuncia ante la Inspección de Trabajo no equivale necesariamente a obtener el pago judicial de todo lo reclamado.
Si los impagos son persistentes, pueden existir otras acciones laborales que necesitan asesoramiento específico. Dejar de acudir al trabajo sin examinar las consecuencias puede perjudicar la posición de la persona trabajadora.
Si la empresa dice que no tiene dinero
La falta de liquidez no acredita por sí sola el pago ni permite dar por perdido el crédito. Habrá que estudiar la reclamación, la eventual insolvencia o concurso y, si corresponde, los requisitos y límites de protección salarial. No existe cobertura automática de cualquier importe por el mero hecho de que la empresa cierre.
Preguntas frecuentes
¿Puedo sumar todas las mensualidades y esperar un año desde la última?
No debe hacerlo sin revisar el vencimiento y las actuaciones sobre cada cantidad. Las deudas anteriores pueden prescribir antes.
¿Tengo el mismo plazo si también me han despedido?
No. La impugnación del despido tiene un plazo de caducidad mucho más breve, que debe comprobarse de inmediato.
Puede consultar nuestro servicio de derecho laboral para particulares con una relación de cantidades y documentos. Esta información no calcula su deuda ni preserva por sí misma los plazos.


